Breve comentario biográfico sobre Jordi Borja

BORJA WEBPodría decir, como Gorki, que sus “universidades” principales han sido la política (desde la militancia clandestina y el exilio a las responsabilidades de gobierno en Barcelona); la participación en movimientos sociales (especialmente ciudadanos y barriales, colaboró con Lantxabe en el impulso inicial de la asociación); la actividad profesional de planeamiento y de consultoría en urbanismo, estrategias de desarrollo y gestión local; y como corolario lógico el debate intelectual sobre estas temáticas.

Jordi Borja, se carateriza por mezclar diversos tipos de actividad y fusionar disciplinas distintas: urbanismo, geografía, sociología, derecho, economía, ciencia política, etc. Ello debido a su formación, pero sobretodo a su manera de entender y enfrentar las cuestiones urbanas.

Ha publicado una treintena de libros, unos como autor único o principal y otros como coordinador y coautor. También algunos centenares de artículos, tanto en revistas técnicas o especializadas como en otras de carácter general y en la prensa periódica. Ha aprendido mucho viajando y en bastantes ocasiones interviniendo en situaciones urbanas en distintos países de Europa y América.

Jordi Borja se considera más profesional orientado a la acción que trabajador de laboratorio, más observador activo que investigador académico. Aunque tiende a la teorización, o por lo menos generalización de las experiencias vividas, su reflexión intelectual está orientada a la acción, a la intervención sobre las situaciones que analiza.

Prefiere la calle al laboratorio o despacho. Lee más en los aviones que en las bibliotecas. Conversa con gentes diversas la mayoría de ellas externas a las Universidades. Y si bien ha escrito y ha publicado bastante nos tememos que con bastante frecuencia ha sido escasamente fiel a los cánones habituales y rígidos de la producción “científica” académica, por lo menos cuando tiende a un fundamentalismo metodológico paralizante. Ha escrito mucho pero una parte importante de su “producción” ha sido en forma de notas, informes, documentos internos, y también intervenciones orales, en conferencias, coloquios y reuniones de trabajo o asesoría. Y obviamente una otra parte importante de su trabajo intelectual se debe a las clases universitarias y a la preparación de materiales escritos para éstas.

En la actualidad es presidente del Observatorio DESC (Derechos Economicos, sociales y culturales). http://observatoridesc.org/

DESC lleva la coordinación de la ONG HIC (Habitat INternational Coalition) en Europa.

Títulos académicos

Licenciado en Letras/Sociología-Geografía Humana, Diploma de Estudios Superiores de Geografía Humana, Maestría de Urbanismo y curso de doctorado dirigido por Pierre George. Todos estos estudios fueron realizados en la Universidad de Paris (1962-1967).

Mi práctica posterior (académica, profesional y política) me ha situado siempre en un terreno transversal entre disciplinas vinculadas a la temática urbana y territorial y en una permanente relación dialéctica entre el análisis y la intervención. A finales de 1968 me incorporo a la vez a la Universitat de Barcelona, al Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento y a la Comisión de Coordinación Estadística (actualmente Institut d’Estadística).

Luego me transfiero a la Universitat Autónoma (1971) para ocuparme de mi materia preferida, la Geografía urbana. Me dedico intensamente a la actividad política y cultural o técnica mediante la crítica urbana y el apoyo a los movimientos sociales urbanos, en la alegalidad o clandestinidad como en el marco de los Colegios de Arquitectos y de Aparejadores. Y a partir de 1972 en el CEU (luego Ceumt). (CEUMT era “La revista municipal” de cabecera, en la se formaron los primeros ediles de la democracia. Se editó entre 1978-1986, en Barcelona)

Fruto de esta combinación son numerosas publicaciones en forma de libros, artículos y documentos varios que se detallan en la bibliografía (entre otras obras los libros La gran Barcelona, Los movimientos sociales urbanos, ¿Qué son las asociaciones de vecinos?,Por una política municipal democrática, Manual de Gestión Municipal, sumario básico para la época).

El libro  ¿Qué son las asociaciones de vecinos? editado por la Gaia Ciencia, junto a otros como qué son los partidos politicos, qué son los sindicatos, que es la constitución, etc, nos enseñaban los rudimentos de las bases democráticas

Esta doble actividad ocupa toda la década de los 70.

A partir de 1980 ocupo cargos públicos (Parlament, Ajuntament) pero siempre se dedica a los temas territoriales, urbanísticos y de políticas públicas locales. Actúa de ponente de las leyes de planificación y de urbanismo, dirige los estudios para la descentralización de la ciudad, realiza informes sobre las áreas metropolitanas.

A principios de los 90, como fruto de la actividad internacional elaboro estudios e informes sobre Las estrategias urbanas de las ciudades europeas (para la Comisión europea), Políticas urbanas para las grandes ciudades (Editorial Sistema, Informe para el MOPU), Las ciudades en el mundo, Ciudades e innovación tecnológica, Barcelona in the World, Rethinking the Latin American City, etc. que dieron lugar a libros colectivos y artículos. En 1994-95, coincidiendo con el fin de su etapa dedicada a los cargos públicos, dirije y es coautor del libro promovido por el PNUD y el Banco Mundial: “Barcelona, un modelo de transformación urbana”

En las dos últimas décadas ha combinado la actividad universitaria (dirección de postgrados en la UPF, UB, UPC y actualmente en la UOC además de cursos y seminarios en Universidades europeas y americanas) con actividades profesionales de consultoría y redacción de artículos y libros. En ambos tipos de actividad he trabajado a partir de una concepción transversal de los análisis y de los proyectos urbanos.

En este período ha publicado diversos libros como “Local y Global”, con Manuel Castells (1996 y 2005), “Espai públic: ciutat i ciutadania” (2001 y en castellano 2003), “La ciudadanía europea” (2001), “El urbanismo de las grandes ciudades españolas”, con Zaida Muxí y otros (2002), “La ciudad conquistada” (2003 y varias reediciones, la última en 2010), y por último, ahora, en 2014,  Revolución urbana y derechos ciudadanos, libro que se nutre de la experiencia del autor en cargos públicos y en movimientos sociales, así como de su formación académica y su práctica profesional.

En los últimos años se ha dedicado principalmente a trabajar sobre El Espacio público,El derecho a la ciudad,El análisis crítico del urbanismo de los últimos 20 años y La relación entre crisis económico-financiera y procesos de urbanización.

Ha participado también como miembro del equipo directivo en la elaboración de planes, programas y proyectos en Ciudad de México, Valparaíso, Bogotá, Rio de Janeiro, Buenos aires, Paris, Santiago de Chile, Sao Paulo, etc.

También ejerce de colaborador regular de los medios de comunicación (La Vanguardia, El Periódico, El País, etc.) y de organizaciones sociales y sindicales, en temas urbanos y políticos.

2 comentarios en “Breve comentario biográfico sobre Jordi Borja

  1. Luis Roca

    Lo que se cuece políticamente en Cataluña no lo entendemos con los discursos contrapuestos de Mariano Rajoy y Artur Mas. Ellos hablan para la galería. Defienden con su retórica el papel que han decidido jugar. Pero saben, en el fondo, que habrán de ceder. Deben ceder porque ellos representan a la élite económica del país y esta élite quiere estabilidad, no está para bromas. Quieren ir solucionando la crisis, por supuesto, a la medida de sus intereses. Y un importante empresario catalán, Luis Conde, ha invitado a una parte de este grupo a una comida en su masía Can Anglada Es un gesto simbólico de enorme significación. Porque quiere decir que una buena parte de los empresarios más importantes ( catalanes y españoles) y de la oligarquía política está por evitar «el choque de trenes». Quieren buscar una fórmula conciliadora que no cambie nada, aunque deje frustardas a las posturas más polarizadas. Y Rajoy y Mas se retiraran discretamente a un segundo plano, sin perder privilegios pero sí poder. Esta oligarquía política está formada por el PP, por el PSOE-PSC y por CiU. Son los que tienen peso en el país : en Cataluña y en España. Pero estando subordinados, está claro, a la élite económica.
    Algunos dicen que CiU se ha adaptado al discurso de ERC. esta es su buena jugada : se adapta a su discurso mientras ERC le permite continuar con sus prácticas neoliberales. Los dirigentes de ERC son los pardillos del asunto. No pintan gran cosa, solo hacen faltan para apoyar a CiU en el Parlament.
    ICV-EUiA no ha sabido desmarcarse con un planteamiento centrado en las políticas democráticas y sociales : ha entrado en el juego de CiU. Ciutadans y CUP son las opciones marginales, ni tienen peso institucional ni están ligados a grupos de poder. Son por decirlo así, las opciones ideológicas puras en el tema del nacionalismo: el deseo de continuar español o el de la independencia catalana.
    ¿ Y la gente ? Lo que le pasa a la gente es una cuestión de clase social. Las clases dominantes siguen viviendo bien, aunque están más preocupadas. las clases medias quieren mantener su estatus : en algun caso lo consiguen y en otro no. Las clases trabajadoras lo pasan mal o muy mal. O trabajan con sueldos bajos y la angustia del despido, o viven de trabajos precarios o simplemente sobreviven como pueden. Un sector de las clases medias eran las más implicadas en el proceso independentista. Algunos quedarán defraudados pero buscarán otras distracciones. Otros quedarán frustrados y se radicalizarán. La inmensa mayoría, por una razón o por otra, continuará ajena a la política y aumentando su resentimiento hacia los políticos. Caldo de cultivo para los populismos de extrema derecha, a menos, claro, que aparezca una improbable opción coherente y realista dentro de la izquierda.
    En todo caso, mi posición como ciudadano catalán de izquierdas será la abstención. Postura legítima en un referéndum y en este caso plenamente justificable.
    ¿ Porqué ? porque no comparto el juego que se está jugando, que es el de la confusión. Confusión por las preguntas y por la falta de información de las consecuencias de las respuestas.

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  2. Vilajotsana

    La discusión actual en torno al llamado “derecho a decidir” de los catalanes ganaría en claridad si diferenciáramos dos situaciones jurídicas distintas: el derecho de los ciudadanos a ser consultados sobre su futuro político y el derecho a la autodeterminación. En primer lugar, el derecho a ser consultado es individual (sus titulares son los ciudadanos), mientras que el derecho a la autodeterminación es colectivo (sus titulares son los pueblos). En segundo lugar, son derechos vinculados a dos diversas formas típicas de ejercicio: la realización de una consulta, en el primer caso; la declaración unilateral de independencia, en el segundo. Finalmente, su posible legalidad toma como referencia dos ordenamientos jurídicos diversos: el estatal y el internacional, respectivamente.

    En estos momentos está sobre el tapete el derecho a decidir sólo en el primer sentido. Y así parece entenderlo la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre la declaración soberanista del Parlamento de Cataluña. Esta sentencia supone un intento de encauzar una cuestión que se encuentra muy embrollada: además de bosquejar la anterior distinción, implica el reconocimiento de que el problema es de naturaleza política, por lo que su solución debe provenir de ese ámbito. Ahora bien, es previsible que tarde o temprano el alto tribunal tenga que pronunciarse de manera más clara y completa sobre el fondo del asunto: ¿Ampara la Constitución una consulta como la que se pretende llevar a cabo el 9 de noviembre? Hay buenas razones para justificar una respuesta afirmativa, que tienen que ver con el objeto, el sujeto y los procedimientos de la misma.

    ¿Cómo se abordan jurídicamente cuestiones de este tipo? Hay que empezar reconociendo que ninguna regla trata directamente el supuesto concreto. Cuando esto sucede, los juristas acuden a los principios jurídicos. Y en este punto se deben recordar dos cosas: la identidad material de la Constitución la conforman todos los principios reconocidos y ninguno de ellos es ilimitado. La actividad interpretativa, entonces, pasa por identificar los principios relevantes, para, a renglón seguido, establecer una razonable ponderación entre ellos.

    Por lo que hace al objeto de la consulta, el principio de indisoluble unidad de la nación española (art. 2) debe ser ponderado con el principio democrático (art. 1.1) y con una concreción del mismo: el derecho fundamental a la participación política directa (art. 23.1). Hecho esto, cabe sostener que en la Constitución no se reconoce un derecho de autodeterminación (en este caso, vence el principio de indisolubilidad), pero sí el derecho de los catalanes a participar en la decisión acerca de su futuro político (aquí vence el principio democrático).

    Quien se opone a esto último, usa un argumento que podemos denominar de la petrificación de la Constitución. La ponderación -se dirá- ya la hizo en su momento el constituyente. Sin embargo, esta forma de interpretar suele perder poder de convicción a medida que transcurre el tiempo desde la promulgación de la disposición objeto de interpretación y es poco respetuosa con la visión que puedan tener las nuevas generaciones. Casi cuatro décadas después de aprobada la Constitución, parece más adecuada una interpretación evolutiva, que haga que los preceptos se interpreten según el sentido que han adquirido a día de hoy. No es algo disparatado. De hecho, es una técnica empleada ampliamente por los tribunales internacionales, muy especialmente por el Tribunal Europeo de Derecho Humanos. Por cierto, el TC recientemente también ha usado este tipo de interpretación en la sentencia en que se declara el matrimonio entre personas del mismo sexo ajustado a la Constitución. La lectura de la Constitución -dice el TC en ese caso- debe hacerse “a la luz de los problemas contemporáneos, y de las exigencias de la sociedad actual a que debe dar respuesta a riesgo, en caso contrario, de convertirse en letra muerta”.

    La evolución que afecta al alcance del principio democrático en estos supuestos es claramente perceptible en el camino emprendido por países democráticos y plurinacionales como Canadá y Reino Unido. Curiosamente, la sentencia más reciente del TC cita en apoyo de sus tesis el dictamen de la Corte Suprema de Canadá, pero lo hace de un modo incompleto: olvida que en él, primero, no se cuestiona la posibilidad de que Quebec realice un referéndum de este género (cuando en el 1998 se pronuncia la Corte, ya han tenido lugar los referéndums de 1980 y de 1995); y, segundo, se sostiene que si hay una mayoría clara que responda afirmativamente a una pregunta clara sobre la independencia, nace una obligación de las partes a negociar de buena fe sobre la base de ese resultado.

    Pero ¿quiénes tienen que ser consultados, los catalanes o los españoles? Quien considera que deben ser los españoles, apela al principio según el cual la soberanía reside en el pueblo español (art. 1.2). A esta posición se pueden oponer, al menos, dos argumentos, uno simple y otro más penetrante. El simple: si se trata de conocer la voluntad de los catalanes, es de sentido común que sean ellos los consultados. De hecho, es lo que ha sucedido en la treintena de referéndums de este estilo convocados en distintas partes del mundo.

    Pero hay razones más profundas. Imaginemos que en Cataluña la totalidad del cuerpo electoral quisiera la independencia. Este hipotético 100% de catalanes seguiría siendo una minoría en España. Por lo tanto, sobre este punto capital de sus vidas en comunidad siempre estarían a expensas de la voluntad del resto y podemos conjeturar cómo se sentirían. Pero es interesante plantearlo de otro modo: ¿los miembros de la perpetua mayoría podrían seguir diciendo que viven en un Estado democrático-liberal? No podrían hacerlo, porque la democracia implica el principio de la mayoría, pero es contraria al dominio de la mayoría sobre la minoría; en este caso una minoría con contornos territoriales definidos y con lengua, cultura e instituciones propias. El dominio de la mayoría pervierte la democracia y se opone a los principios que caracterizan los Estados liberales (como opuestos a Estados fundamentalistas): la autonomía de los individuos, la inviolabilidad de la persona y la dignidad humana. Tales principios no son simple “filosofía”: están reconocidos en la Constitución en los artículos 9 y 10, y conforman su identidad material. El propio TC ha sostenido en repetidas ocasiones que la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad “han de orientarse a la plena efectividad de los derechos fundamentales” (y recordemos que el de participación política directa es un derecho fundamental).

    ¿Quiere esto decir que el resto de los ciudadanos españoles queda al margen de este proceso? No. Su intervención se puede articular a través del Parlamento, al aceptar (se entiende que después de algún tipo de negociación, como reconoce la sentencia del TC) cualquiera de las sendas constitucionales que permiten articular jurídicamente la consulta. Tanto la vía del art. 92, como la del 150.2 de la Constitución, pasando por la Ley catalana 4/2010, prevén dicha intervención, bien sea proponiendo, delegando, transfiriendo o autorizando un referéndum.

    De esta forma se consigue que el principio de la soberanía nacional, igual que el de indisolubilidad, reciba el trato que merece, razonablemente ponderado, eso sí, con el resto de principios definitorios de un régimen democrático que se halle a la altura de los tiempos.

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